REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 16 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2002-000025
ASUNTO: RL11-P-2002-000025


Vista la solicitud de permiso realizada por el destacamentario BERNARDO JOSE LEIVA, titular de la cedula de identidad N° 14.716.067, para compartir con sus familiares en los días 23-12-2.005 hasta el 02-01-2.005 y por cuanto dicho pedimento no es contrario a Derecho y considerando que el apoyo familiar es un elemento importante para la reinserción social del penado y que dichos permisos logran incentivar el buen comportamiento, disciplina, mayor evolución y metas positivas de la población penal, este Tribunal ACUERDA otorgar permiso al destacamentario ciudadano BERNARDO JOSE LEIVA, titular de la cedula de identidad N14.716.067 , quien es venezolano, mayor de edad, para los días 24-12-2.005 al 26-12-2.005, presentándose en el Internado Judicial de Carúpano a las 6:00 AM para el conteo respectivo y los días 31-12-05 hasta el día 02-01-2.006, presentándose en el Internado Judicial de Carúpano para el conteo respectivo a las 6:00 AM, para que los comparta en familia, debiendo mantener durante dichos días buena conducta. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al ciudadano Director del Internado Judicial de Carúpano y notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez Segunda de Ejecución
Abg. Florvidia Perdomo Frontado
El Secretario
Abg. Jesús Eduardo García