REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 14 de Diciembre de 2005
AÑOS: 195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-C-2005-000030
ASUNTO: RP11-C-2005-000030
AUTO DE NUEVO CÓMPUTO
Revisada la presente causa signada con el Nº RP11-C-2005-000030, seguida al penado LUIS ADRIAN GARCIA RAMOS, hágase NUEVO COMPUTO, del tiempo de la pena que ha cumplido de conformidad con lo establecido en lo Artículos 479, Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose que el referido penado fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES, contando en auto que está detenido desde el día 30-10-98 hasta el día 13-11-98 y desde el día 16-06-2001, hasta la presente fecha 14-12-2.005, tiene detenido CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES Y DOCE (12) DIAS, que sumado al tiempo de Redención por el Trabajo y Estudio, es decir, UN (01) AÑO, DOS (02) MESES, CINCO (05) DIAS Y DOCE (12) HORAS, resulta un tiempo de pena cumplida de CINCO (05) AÑOS, OCHO (08) MESES, DIECISIETE (17) DIAS Y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES, TRES (03) DIAS Y DOCE(12) HORAS, que vencerá el día 17-10-2008, con relación a las Formulas Alternativa de Cumplimiento de pena: la cuarta parte de la pena la cumplió el 16-05-02 a las 12:00 m, un tercio de la pena el 02-02-2003 a las 12:00m, las dos terceras 2/3 partes las cumplió en fecha 02-12-2005 a las 12:00m, las tres cuartas ¾ partes las cumple el día 01+-08-2006 a las 12:00m, las penas establecidas en el Artículo 16 del Código Penal como Accesorias a la de prisión que le han sido impuestas al penado son : 1º) la Interdicción Civil durante el tiempo de la pena, 2º) la Inhabilitación Política las cumplirá durante el tiempo de la condena; y 3º) La Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad por una Cuarta (1/5) parte de la condena, terminada esta en fecha 01-06-2010, Háganse las participaciones y remítase copia a la Dirección del Internado Judicial de Carúpano, al Fiscal Primero de Ejecución en Sentencia y a la Defensa,. Líbrese boleta de traslado del penado para el día de 15-12-05 a las 10:00 AM para ser impuesto de la presente decisión.
El Juez Primero de Ejecución
ABG. JUAN FIGUEROA RADA
La Secretaria
ABG. WENDY VALERIO