Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Tribunal Quinto de Control
Carúpano, 13 de diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2003-0003911
ASUNTO: RJ11-S-2003-0003911


SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO

Visto el escrito presentado por la Abg. MARIA JOSEFINA URDANETA , en su carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público, mediante el cual solicita a éste Tribunal Quinto de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el N° RJ11-S-2003-0003911, seguida en contra de LUIS ANIBAL SALAZAR VELASQUEZ, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio de EDUARDO JOSE HERNANDEZ MORENO, hecho ocurrido en fecha 16-02-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no existen bases para solicitar el enjuiciamiento del imputado.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en contra de LUIS ANIBAL SALAZAR VELASQUEZ, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio de EDUARDO JOSE HERNANDEZ MORENO, por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no existen bases para solicitar el enjuiciamiento del imputado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Jueza Quinto de Control:
Abg. Marisela Hernández.
La Secretaria:
Abg. Rosangeles Sánchez.