REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 2 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-003413
ASUNTO : RP01-P-2005-003413

AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA

Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el procedimiento por admisión de hechos, por el Juzgado Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 11 de Noviembre del año 2005, cursante a los folios: 109 al 116, ambos inclusive del expediente; mediante la cual condenó al ciudadano OSCAR DAVID SANCHEZ SURITA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 17.674.427; a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal primero del extinto Código Penal; Este Tribunal Primero de Ejecución acuerda su Ejecución, de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 482 y 484 ejusdem., en los siguientes términos: Condenado el reo AMÉRICO SEGUNDO PARADA, ya identificado, a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, y detenido desde la fecha 13-09-2005 hasta la fecha de hoy 02-12-2005, tiene cumplido una pena de DOS (02) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS DE PRESIDIO, faltándole por cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y ONCE (11) DÍAS DE PRISIÓN, que vencerá el: 13 de Septiembre del año 2020.
El penado igualmente quedará sujeto a cumplir las penas accesorias de Ley.
De conformidad con lo previsto en el artículo 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas desde las cuales el penado, podrá optar y solicitar los Beneficios que establece la Ley.
PRIMERO: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir Una Cuarta (1/4) Parte de la pena, equivalente a TRES (03) AÑOS Y NUEVE (09) MESES, para ser cumplida en fecha 13-06-2008.
SEGUNDO: RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir Un Tercera (1/3) Parte de la pena, equivalente a CINCO (05) AÑOS, para ser cumplida en fecha 13-09-2010.
TERCERO: LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las Dos Terceras (2/3) Partes de la pena, equivalente a DIEZ (10) AÑOS, para ser cumplida en fecha 13-09-2015.
CUARTO: CONFINAMIENTO: Al cumplir las Tres Cuartas (3/4) Partes de la pena, equivalente a ONCE (11) AÑOS Y TRES (03) MESES, para ser cumplida en fecha 13-12-2016|.
Remítase Copias Certificadas de la Sentencia y del presente Auto de Ejecución de la Sentencia Actualizado, adjunto a oficios a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, y a la Dirección del Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por ser el lugar destinado y donde se encuentra en la actualidad cumpliendo pena. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público y a la Defensa. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN

DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA

EL SECRETARIO

ABG. CARLOS GONZALEZ