ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-009358
ASUNTO : RP01-P-2005-009358
AUTO ACORDANDO MANDATO
DE CONDUCCIÓN

Por recibido oficio número 19F5-1C-1961-05, de fecha 06 de diciembre de 2005, emanado de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de este Circuito Judicial y suscrito por la Abogada Dalia Ruiz, fiscal encargada; mediante el cual solicita de este Juzgado se expida MANDATO DE CONDUCCION, para hacer comparecer ante ese despacho fiscal a la ciudadana Luisa Beltrana Gutiérrez y su hija Cristabel del Valle Gutiérrez, domiciliadas en Barrio Bolivariano, Vía Los Apures, casa N° 54, Cumaná, Estado Sucre, con la finalidad de que declaren en la causa penal N° 19F5-0174-03; se estima ajustada a derecho la solicitud del Ministerio Público, como quiera que la Fiscal solicitante sostiene que han sido citadas en reiteradas oportunidades y no han comparecido al despacho fiscal y en consecuencia a los fines de la investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal SE ACUERDA EXPEDIR MANDATO DE CONDUCCION, para que por la fuerza pública y con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sean conducidas de manera inmediata la ciudadana Luisa Beltrana Gutiérrez, con cédula de Identidad N° 5.689.445 y su hija Cristabel del Valle Gutiérrez, con cédula de Identidad N° 19.081.868; hasta la sede de la Fiscalía solicitante a objeto de que se le tome declaración sobre los hechos que se investigan, en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción que deberá efectuarse el día 22 de diciembre de 2005, a las 9:00 de la mañana; en consecuencia a los fines de su ejecución por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, se acuerda la remisión del mandato a su Comandante, a los fines de que gire las instrucciones pertinentes, asimismo se ordena que el o los funcionarios autorizados para su ejecución, presenten junto con el Mandato de Conducción, sus respectivas credenciales. Cúmplase.-

EL JUEZ SEXTO DE CONTROL

ABOG. CARMEN LUISA CARREÑO
EL SECRETARIO

ABOG. EDGARDO GON