REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-007500
ASUNTO : RP01-P-2005-007500

Vista la solicitud de Protección presentada por la Ciudadana: ZAIRA DEL VALLE MARCANO BARRIOS, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.702.529 quien es Victima indirecta en la causa penal identificada con el N° 19 -F2-1C-799-05, nomenclatura de la Fiscalia Segunda del Ministerio Público donde aparece como acusado HENRY ALBERTO RODRIGUEZ APONTE por la presunta comisión del delito de Homicidio en Perjuicio de JOSÉ RAFAEL MARCANO BARRIO, exhibida por ante este Despacho por el Fiscal Superior del Ministerio Público Dr. LUIS ANTONIO GARRETA AVILA, señalando: como consta en Acta de Entrevista que se anexa a la solicitud que “durante la celebración de la Audiencia Preliminar por el Tribunal Quinto de Control el día 22 de Noviembre del año en curso su hermano JOSÉ RAFAEL MARCANO BARRIO que se encontraba en la Puerta del Circuito Judicial Penal fue objeto de amenazas por parte de la mamá de HENRY ALBERTO RODRIGUEZ APONTE…”, En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA como MEDIDA DE PROTECCION PARA LA VICTIMA ZAIRA DEL VALLE MARCANO BARRIOS, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 5.702.529 y su hermano JOSÉ RAFAEL MARCANO BARRIO, por considerar que existe un inminente peligro para sus vidas, CUSTODIA POLICIAL PERMANENTE CON RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS POR EL DOMICILIO DE LA VICTIMA UBICADO EN LA URBANIZACION VIRGEN DEL VALLE, SECTOR CARDONAL, CASA N° 173, VIA PANTANILLO DE ESTA CIUDAD DE CUMANA La misma tendrá una duración de Treinta días y podrá ser prorrogada en caso necesidad y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido SE ORDENA oficiar al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios que deban cumplir con el mandato de protección a la victima. Igualmente Ofíciese al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión
Esta decisión tiene por objeto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que ordena tomar las medidas necesarias para el resguardo de la victima. Cúmplase.
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS

La Secretaria
Ivette Figueroa Baptista