REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 1 de Diciembre del 2005.
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-003535
ASUNTO : RP01-P-2005-003535


Visto el escrito suscrito por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, Dra. Esleny J Muñoz Vásquez en donde le solicita a este tribunal se verifique las resultas de las distintas notificaciones que se le han enviado tanto a la victima como al imputado para la celebración de la audiencia, acto éste diferido en reiteradas oportunidades imputables a la victima e imputado y revisadas como han sido las presentes actuaciones, contentiva de solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva con prohibición de acercamiento de conformidad con lo previsto en el artículo 39 ordinales 1ero y 5to de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia, a favor de la ciudadana: YUSMELYS DEL VALLE GONZALEZ en contra del imputado: FELIX MANUEL GONZALEZ GONZALEZ por cuanto presenta actitud agresiva, Violencia Física previsto y sancionado en el artículo 17 ejusdem, presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, a los fines de que se convoque una audiencia con todas sus partes y dilucidar y decidir el caso planteado por la victima; este Tribunal Tercero de Control, observa primeramente que la victima e imputado han sido debidamente notificados para tales actos. Sin embargo la audiencia oral tantas veces fijadas no se ha efectuado por la incomparecencia de la victima e imputado, y es de hacer notar que el presente caso por tratarse de un procedimiento especial no ha sido impulsada por la parte afectada quien debe tener interés en su impulso y resultado, no habiendo en las actas ninguna diligencia por parte de la accionante: YUSMELYS DEL VALLE GONZALEZ y en base al largo tiempo transcurrido, se estima que la presunta situación denunciada ha sido resuelta por la vía amistosa y en pro de la protección de la Institución Familiar, es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público y concluya su investigación . Líbrese Boletas de Notificaciones a la Fiscal Segunda del Ministerio Público y a la Defensa Pública Penal, Dra. Carolina Martínez, participándole de la presente decisión y que la audiencia oral fijada para el día: 03-02-06 a las 11.00 quedó sin efecto. Líbrese Oficio de remisión a la fiscalía.

El Juez Tercero de Control.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.

Abg Sonia Alfaro.

1.805-2.005. Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro.