En horas de Despacho del día de hoy cinco (05) de Agosto del año Dos mil cinco, siendo las diez de la mañana oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el Acto de Audiencia Oral en la Medida de Protección Colocación en Familia DE ORIGEN en el expediente signado con el N° 3.388 a favor de la niña, presidido por la Juez de Protección –Sala de Juicio Abg. Azucena Mata de Zabala, la Secretaria del Tribunal Abg. PETRA DEYANIRA MARQUEZ, verificada la presencia de las partes, encontrándose presentes el Fiscal Cuarto del Ministerio Público Abg. José Gregorio León Bejarano, la ciudadana DORIS DEL CARMEN RIVAS DE MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros.5.860.918, domiciliada en Calle Carabobo Nº 267 de esta ciudad, en su carácter de abuela materna de la referida niña y la ciudadana LORENA DEL VALLE MARIN RIVAS, venezolana, mayor de edad, titilar de cedula de identidad Nº 15.882.636, del mismo domicilio, en su carácter de madre de la Niña, Acto seguido se le cede la palabra a la representación Fiscal, quien expone: En vista de todas las actas consignadas en el Expediente Nº 3388, las cuales están conformes a derecho. Igualmente revisado El Informe Socio económico realizado por este Tribunal el cual resulto favorable a la Niña esta representación fiscal solicita muy repectuosamente a la ciudadana Juez, que se pronuncie favorablemente a favor de la MEDIDA DE PROTECCION DE COLOCACION EN FAMILIA DE ORIGEN, a favor de la citada Niña y que lo declare CON LUGAR en la definitiva. Seguidamente la ciudadana LORENA MARIN que por motivos de estudios en la ciudada de Cumanà no puede permanecer con la niña, y la niña se encuentra con su madre es por eso que quiero que permanezca con ella ya que esta bien cuidada y vengo cada quince días para estar con mi hija. Seguidamente manifestó la abuela materna ciudadana DORIS RIVAS DE MARIN que esta de acuerdo con tener a su nieta, cuidarla y protegerla y brindarle todo lo que ella pueda. Es todo. En virtud de los anteriormente expuestos pasa a decidir dentro de los cinco días siguiente a los de hoy. Termino. Se leyó y conformes firman. La Juez de Protección –Sala de Juicio (fdo) Abg. Azucena Mata de Zabala La Secretaria (fdo) Abg. Petra Deyanira Márquez. Los solicitantes (fdo). La Representación Fiscal (FDO).- Las partes (fdos).-





ABG. AZUCENA MATA DE ZABALA
JUEZ DE PROTECCIONSALA DE JUICIO







LOS SOLICITANTE





EL FISCAL CAURTO DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. JOSE GREGORIO BEJARANO






LA SECRETARIA
ABG PETRA DEYANIRA MARQUEZ






EXP:Nº3.388.-
AMZ/PDM/vc