REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO

Cumaná, 03 de agosto de 2005
195º y 146°

En cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de la pieza principal, se abre el presente CUADERNO DE MEDIDAS, a los fines de proveer en relación a lo dispuesto en los artículos 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Protección conforme a la citada Ley y al Código Civil, establece como Medidas Provisionales las siguientes:

PRIMERO: LA PATRIA POTESTAD: Será ejercida por ambos padres ciudadanos GERALDINE REBECA LEVAY AVILA y MIGUEL ANGEL ROJAS TAYUPO.-

SEGUNDO: LA GUARDA: en cuanto al pedimento de que sea otorgada al padre este Tribunal niega lo solicitado por cuanto el artículo 360 de la LOPNA, establece que los niños menores de siete años o de siete años deberán permanecer con la madre salvo que sea contrario a su interés superior, es por lo que la Guarda será ejercida por la madre será ejercida por la madre ciudadana: GERALDINE REBECA LEVAY AVILA.-

TERCERO: REGIMEN DE VISITAS: Se establecerá los días sábado por la mañana en el lugar de la residencia de la madre, bajo su supervisión en atención a la corta edad del niño, el cual esta lactando.


CUARTA: OBLIGACION ALIMENTARIA: por cuanto este Tribunal observa que en el libelo de la demanda la parte actora no estableció nada en cuanto a la obligación alimentaria, este Tribunal fija al progenitor no guardador la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.150.000,00)


Estas Medidas Provisionales se mantendrán hasta que concluya el juicio, salvo que la parte demandada ciudadano MIGUEL ANGEL ROJAS TAYUPO, manifiesten lo contrario, caso en el cual habrá contención y se seguirán los procedimientos previstos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para regulación de cada una de las Instituciones Familiares, abriéndose los respectivos Cuadernos de Medidas, sirviendo el presente cuaderno para la regulación de una de ellas.-
EL JUEZ TEMPORAL No 01

DR. JESUS SALVADOR SUCRE R.
Secretario
EXP N° TP1-2185-05
JSSR.-/rosirys.-