CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Carúpano, 02 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-2000-000054
ASUNTO: RJ11-P-2000-000054

Concluido el desarrollo de la presente audiencia convocada de conformidad con lo previsto en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de comprobar el cumplimiento de las condiciones impuestas al Imputado José Yelitze Martínez Machíz con ocasión a la suspensión condicional del proceso que le fuere otorgada en fecha 03-09-01, este Tribunal pasa a tomar su decisión en los términos siguientes: De la revisión de la causa se observa que en fecha 03-07-2001, este Tribunal Primero de Control, entonces Presidido por el Abg. Jesús Armando Rivera, Decretó la Suspensión Condicional del Proceso, seguido al ciudadano Martínez Machiz José Yelitze, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 11.212.108, soltero, nacido el 02-08-75, de 30 años de edad, por la comisión del delito de Lesiones Personales Leves; imponiéndose como condiciones la Presentación ante el Tribunal por un lapso de 2 años, cada dos meses, contados a partir de la referida fecha. Ahora bién de la revisión de el folio 21 del Libro de presentaciones correspondientes al Tribunal Primero de Control, que a tal efecto se llevaba por ante la unidad del Cuerpo de Alguacilazgo, se evidencia que el ciudadano José Yelitze Martínez Machiz, se presentó de manera satisfactoria en el periodo comprendido entre el 03-09-2001 y 02-07-2003, haciendo un total de doce (12) presentaciones; situación esta que es igualmente confirmada por el Alguacil Jefe a requerimiento de este Tribunal mediante oficio 109-05 de fecha 27-04-05, razón por la cual habiéndose cumplido de manera satisfactoria el Régimen Impuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la Extinción de la Acción Penal, de la causa seguida al Ciudadano Martínez Machiz José Yelitze, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 11.212.108, soltero, nacido el 02-08-75, de 30 años de edad; y consecuencialmente se Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 ordinal 7° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan las partes presentes notificadas en este acto.- Remitase la presente causa en su oportunidad a la Unidad de Jueces de ejecución. Cúmplase.
El Juez Primero de Control

Abg. Luis Mariano Marsella

La Secretaria

Abg. Lissette Caraballo