REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 14 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-003882
ASUNTO: RP11-P-2005-003882


Visto lo acontecido durante el desarrollo de la presente audiencia de presentación de imputados, en las que la fiscal del ministerio Público solicito la privación de libertad de los ciudadanos: Jean Carlos Centeno Velásquez, Jorge Luis Castillo Guerra y Regulo Rafael Rodríguez Gómez y en las cuales estos convinieron y materializaron acuerdo reparatorio con las víctimas Marelvis Josefina Rodríguez y Reinaldo José Fernández pagando en este acto la cantidad de quinientos mil bolívares por concepto de reparación del daño causado este Tribunal pasa a dictar la decisión en los siguientes términos: Por cuanto se trata del delito de Hurto Calificado, hecho punible recaído exclusivamente sobre bienes jurídicos de carácter patrimonial, igualmente consta que los intervinientes del acuerdo, es decir, los imputados y victimas prestaron de manera espontánea y libre de toda apremio y coacción su soberana voluntad de llegar al acuerdo y los términos del mismo, es por ello que este Tribunal Primero de Control aprueba el acuerdo reparatorio convenido entre las partes consistente en el pago de las suma de quinientosmil Bolívares, (Bs.500.000), que fueron entregados en la propia audiencia, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 6° Ejusdem se decreta la Extinción de la Acción penal seguida contra los ciudadanos Jean Carlos Centeno Velásquez, Jorge Luis Castillo Guerra y Regulo Rafael Rodríguez Gómez, por el delito de Hurto Calificado previsto- y en consecuencias de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal se decreta el sobreseimiento de la presente causa y se ordena la inmediata libertad de los imputados.
Dispositiva.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el Sobreseimiento de la causa seguida a los Ciudadanos: Jean Carlos Centeno Velásquez, Jorge Luis Castillo Guerra y Regulo Rafael Rodríguez Gómez, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4° del Código Penal, en prejuicio de los ciudadanos: Marelvis Josefina Rodríguez y Reinaldo José Fernández, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 40, 48 ordinal 6° y 318 ordinal 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de libertad y con oficio remítase a la comandancia de policía de esta ciudad. Remítase en su oportunidad a la Fase de ejecución. Cúmplase.
El Juez Primero de Control

Abg. Luis Mariano Marsella

La Secretaria

Abg. Maria M Acosta