REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
Cumaná, 8 de Agosto de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RY01-D-2002-000015
ASUNTO : RY01-D-2002-000015
Previa audiencia realizada el día cinco (5) de agosto del dos mil cinco (2005), a fin de imponer al sancionado: Ronald Luis _lfonso Suárez, de la Cesación de la Sanción que le fuera impuesta en la causa N° Causa N° RY01-D-2002-000015.
EXPOSICIÓN DEL TRIBUNAL
Seguidamente la Juez informa al sancionado el motivo de la audiencia, la cual tiene como finalidad imponerle de la cesación de la sanción, asimismo le informa que tiene pendiente la causa N° RP01-D-2004-000098, y el Tribunal si la Defensa no presenta ninguna objeción, desea aprovechar la oportunidad que se encuentra presente el sancionado para imponerlo de la sanción de la cual se hizo acreedor en la causa indicada.
Se le concedió la palabra a la Defensa quien manifestó su conformidad y solicitó copia simple de la presente acta y que se le informara a su patrocinado la fecha exacta en que cesó la sanción.
RESOLUCIÓN JUDICIAL
Este Tribunal de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda de conformidad con el artículo 647 literal “H” de la Ley Orgpanica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda Decretar la Cesación de la Sanción impuesta al Adolescente: XXXXXXX, en virtud que la misma venció en fecha 28-11-2004, y se acuerda expedir copia simple de la presente acta, a solicitud de la defensa. Notifíquese a la Fiscal sexta del Ministerio Público. Líbrese Boleta. Así se decide. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN ADOLESCENTES
DRA. AYSKEL MARTÍNEZ DE MUÑOZ