REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

ASUNTO : RP01-D-2005-000115

Visto el escrito de fecha 08-8-2005, presentado por la Dra. Dalia RUIZ, en su carácter de Fiscal (A) Sexta del Ministerio Público, donde solicita se realice acto de Reconocimiento en rueda de individuos, con el adolescente: XXXXXXXXXXX, venezolano, de 16 años de edad, nacido en fecha 04-08-88, hijo de XXXXXXXX y XXXXXXXX, de profesión comerciante (buhonero), titular de la Cédula de Identidad N° XXXXXXXX, domiciliado en XXXXXXXXXX, a quien se le sigue investigación por la presunta comisión de uno de los delitos Contra La Moral, Las buenas costumbres y el buen orden de la familia, donde participará como testigo reconocedor la adolescente XXXXXXXXXX, Cédula de identidad N° XXXXXXXXX, residenciado en XXXXXXXXXXXXXXX, de conformidad con el artículo 551 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto la solicitud no es contraria a derecho este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el articulo 555 de la citada Ley y el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal 230 ACUERDA: con lugar la solicitud fiscal y en consecuencia fija el día 28 -09-2005 a las 11: 00 AM para llevar a cabo el acto de Reconocimiento en la Sede del Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas. Notifíquese a las partes. Líbrese Boletas de citación, notificación y oficios correspondientes. Cúmplase.


LA JUEZ
Abg. Yomari Figueras
EL SECRETARIO
Abg. Jorge Abou.