REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 7 de Agosto del 2005.
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-005559
ASUNTO : RP01-P-2005-005559


Visto el Circular No-051-05 de fecha: 08-07-05 suscrita por la Juez Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Dra Carmen Belén Guarata Alfaro en donde le solicita a este despacho, un informe sobre los detenidos que se encuentran en la Comandancia de la Policía del Estado Sucre, por los delitos de: Homicidio, Robo Agravado, Drogas y Violación, a la orden de sus respectivos tribunales, a los fines de remitirlo al Tribunal Supremo de Justicia, debido a que se está creando nuevamente una situación de Hacinamiento en la Policía de este estado, la cual ya fue discutida en reunión de fecha: 15-02-05 con el deber de tomar las previsiones necesarias para no producir Hacinamiento en ese recinto policial, ya que el sitio de reclusión de los procesados es el Internado Judicial de Cumaná; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizada el presente circular y revisadas como han sido cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, observa que el imputado de autos: PEDRO MIGUEL BOADA GUERRA se encuentra efectivamente albergando en La Comandancia General de Policía del Estado Sucre, por lo que tomando como norte que el mismo está siendo juzgado por ante este tribunal por un delito mayor como lo es el delito de: HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los Artículos 405 en relación con el Artículo 80 1er Aparte y 277 del Código Penal reformado, en pro de evitar la continuación del hacinamiento en el establecimiento policial antes señalado y ante la situación que los delitos en comento están dentro de la clasificación de los delitos señalado por la máxima autoridad judicial y tomando como norte que el establecimiento en referencia no es apto para albergar tantos procesados por delitos de gran magnitud, sino por delitos menores y los que ingresan a diario para ser escuchados por el juez de control, es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda el traslado del imputado: PEDRO MIGUEL BOADA GUERRA Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-19.239.021 al Internado Judicial de Cumaná con las seguridades del caso. Líbrese oficio al Comandante General de Policía del Estado Sucre, participándole del referido traslado del imputado de autos al Internado Judicial de Cumaná, anexo a Boletas de Encarcelación. Y líbrese asimismo Boletas de Notificación al Fiscal Décimo del Ministerio Público y al Defensor Privado, Dr. Eloy Rengel.

El Juez Tercero de Control.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaría.

Abg Sonia Alfaro.

1.805-2.005. Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro.