REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 08 DE ABRIL DE 2005
194° y 146°


Vista la diligencia de fecha 07/04/2005, suscrita por el Ciudadano EDUARDO JOSE ROQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.635.446, y domiciliado en la Urbanización Gran Mariscal de Ayacucho, Bloque 507, Apartamento 14, Primer Piso, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio y de éste domicilio MIGUEL ANGEL FIGUEROA, e inscrito en el I. P. S. A. bajo el Nro. 74.033, mediante la cual propuso a la Ciudadana CARMEN VARGAS CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-4.184.844 y domiciliada en la Avenida Santa Rosa, Casa N° 19 de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, en dar por TERMINADO el presente Juicio. Asimismo solicitaron a este Tribunal la Homologación de la presente Transacción y pidieron se archivado el presente expediente. Y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma, este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCION suscrita, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente. Ello en virtud del presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, intentó la ciudadana CARMEN VARGAS CORREA en contra del ciudadano EDUARDO ROQUE.
LA JUEZ PROVISORIO.,

Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO




LA SECRETARIA

Abog. ROSELY V. PATIÑO R.






HOMOLOGACIÓN: TRANSACCION
Materia: Civil Especial Ordinario
Exp. Nro. 3365.98
YOdC/mc