REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 26 DE ABRIL DE 2005
194° y 146°
Vista las diligencias de fecha 24/09/2004 y 30/09/2004, suscrita por los ciudadanos TARID ZIAD ABOUHASSAN MECHARRAFIEH y JOSE RAFAEL QUINTERO, parte demandada en la presente causa, asistidos por las Abogadas en ejercicio ZULEIKA ORTIZ GIRON e IVETTE SOTILLO PENOT, inscritas en el I.P.S.A., bajo los Nrs. 55.694 y 84.213, respectivamente y por la parte actora, el ciudadano JOSE TADEO ORTEGA MATA, asistido por el Abogado en ejercicio GONZALO ERNESTO BRICEÑO MARCHIANI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 58.414; mediante las cuales celebran una TRANSACCION en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 256 de la Ley Adjetiva Civil vigente. Y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma, este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCION efectuado por las partes. En consecuencia, se ordena el archivo de la presente causa. Ello en virtud del juicio de COBRO DE LETRA DE CAMBIO POR INTIMACION cursante en el Expediente N° 5615.02.
LA JUEZ PROVISORIO.,
Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO
LA SECRETARIA
Abog. ROSELY PATIÑO R.
HOMOLOGACIÓN: TRANSACCION
Materia: Mercantil
Exp Nro 5615.02
YOdC/bmda.-
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