REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 11 DE ABRIL DE 2005
194° y 146°

Vista la diligencia de fecha 13/03/2003, suscrita por el ciudadano DAVID PARRELLA, venezolano, mayor de edad, titular de Identidad Nro. V-12.271.415 y de éste mismo domicilio, asistido por la profesional del Derecho PATRICIA SERRANO SERRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.76.478, en su carácter de parte intimada en el presente proceso y, JUAN LUIS MARTÍNEZ LUCCANI, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.88.339 y domiciliado en la ciudad de Maturín del Estado Monagas, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte intimante, Sociedad Mercantil “AGROINDUSTRIAL GALICIA, C. A.”, inscrita originalmente por ante el Registro de Comercio llevado por el entonces Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la circunscripción judicial del Estado Monagas, en fecha Veintisiete (27) de Abril de Mil Novecientos Noventa y Dos (1992), anotada bajo el Nro. 74, Tomo II de los libros llevados por ese Juzgado, siendo la última de las reformas de sus Estatutos Sociales, registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha Veinte (20) de Febrero de Dos Mil Dos (2002), anotado bajo el Nro.15, Tomo 106 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, el fue anexado marcado “A”, cursante en copia certificada a los folios 03 y 04 del presente expediente; mediante la cual de acuerdo a lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, con el objeto de poner fin al proceso celebran TRANSACCIÓN. Y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma, este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN suscrita, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 de la Ley Adjetiva Civil. En consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente. Ello en virtud del presente juicio que por COBRO DE LETRA DE CAMBIO POR INTIMACIÓN, intentó la Sociedad Mercantil AGROINDUSTRIAL GALICIA, C. A. en contra del ciudadano DAVID PARRELLA.
LA JUEZ PROVISORIO.,

Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO


LA SECRETARIA

Abog. ROSELY V. PATIÑO R.


HOMOLOGACIÓN: TRANSACCIÓN
Materia: Mercantil
Exp. Nro. 5606.02
YOdC/mvyf.-