REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO, DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.


Previo avocamiento de la Juez Temporal de este Juzgado, al conocimiento de la presente causa. Se inició el presente procedimiento de PARTICION DE BIENES DE COMUNIDAD CONYUGAL, mediante formal demanda presentada por la ciudadana ROSALIA FERNANDEZ ARTAVIA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 9452 y de este domicilio, en su carácter de apoderada Judicial de la ciudadana ESTILITA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.011.668 y de este domicilio, contra el ciudadano FRANCISCO JOSE OSORIO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 770.294 y de este domicilio, fundamentando la acción en los Artículos 148, 173,174,175,176 y 186 del Código Civil y 777 siguientes del Código de Procedimiento Civil.
La presente demanda fue recibida del Tribunal Distribuidor en fecha 09 de Junio de 2004 y se admitió el 06 de Julio de 2004, acordándose el emplazamiento del ciudadano FRANCISCO JOSE OSORIO, y asimismo se dejó constancia de que la compulsa sería librada una vez que la parte interesada consignara copia del líbelo de la demanda. Es el caso, que no consta en autos que la parte actora haya consignando la copia referida, a los fines de librar la compulsa respectiva, y como quiera que desde la fecha del auto de admisión ( 06-07-04) hasta el día de hoy, han transcurrido más de Treinta (30) días, para que la accionante cumpliera con la obligación impuesta para lograr la citación antes dicha, entiende ésta Sentenciadora, que existe inactividad y desinterés en la continuidad del presente procedimiento, y en consecuencia, estima procedente decretar la Perención de la Instancia en la presente causa, conforme lo dispuesto en el Ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, así se decide.
En atención a los motivos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los veinte (20) días del mes de Abril de Dos Mil Cinco (2005). Años 195º de la Independencia y 145º de la Federación.-
La Juez Temp.,

Abg. GLORIANA MORENO MORENO
La Secretaria Temp.,

Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA

NOTA: La presente sentencia fue publicada en esta misma fecha siendo las 10:00 am., previo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-
La Secretaria Temp.,


Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA



















Partes: ESTILITA ROMERO
Contra: FRANCISCO JOSE OSORIO
Exp. N° 18.201
Juicio: PARTICION DE BIENES DE COMUNIDAD CONYUGAL
Interlocutoria
GMM/yt