JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
EXPEDIENTE N° 3.019
SENTENCIA: HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO DE MEDIDA DE PROTECCION COLOCACION EN FAMILIA DE ORIGEN.-
SOLICITADA: POR LA CIUDADANA: SIOMARYS DEL CARMEN BRITO.-
Visto el desistimiento de fecha 20 de Septiembre 2004, formulado por la ciudadana SIOMARYS DEL CARMEN BRITO, venezolano, mayor de edad, titulare de la Cédula de Identidad N° 14.854.447, domiciliada en Guayacán de las Flores, Sector 02, Vereda 22, Casa N° 10 de esta ciudad, donde le manifiesta a la Licenciada HAYDEE CAROLINA HERNANDEZ, Psicóloga de este Tribunal, que ella DESISTE del presente procedimiento por temor a represalias hacia ella o sus hijas por parte del padre, quien desconoce la denuncias hacia él. En tal sentido las partes no han acudido a las sesiones de evaluación. Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO suscrito y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del expediente.-
Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Desistimiento suscrito por la ciudadana SIOMARYS DEL CARMEN BRITO, ye identificada en autos. De conformidad en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
PÚBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, al primer días del mes Abril del Dos Mil Cinco.
ABOG., AZUCENA MATA DE ZABALA.-
JUEZA DE PROTECCIÓN-SALA DE JUICIO.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
IRAIDA MORENO RODRIGUEZ
EXP: N° 3.019.-.
AMDZ/imr/fg.-
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