REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO - SEDE CUMANA
Cumaná, 05 de abril del 2005
194° y 146°


Vista la demanda que por Obligación Alimentaria, ha sido introducida por ante este Tribunal por la ciudadana: CARMEN JUDITH RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.141.066, asistida por la Abg. ATAHUALPA JOSE CORONADO ARRENDONDO, y por estar llenos los requisitos exigidos en el artículo 511 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 514 ejusdem, se acuerda la citación del ciudadano RAUL ANTONIO BRACHO CLEMENTE, a fin de que comparezca por ante este Tribunal el tercer (3°) día de despacho siguiente a su citación más tres (3) días que se le han concedido como término de distancia en horas comprendidas entre las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m., y Una y treinta de la tarde (1:30 p.m.), para que de contestación a la referida solicitud que ha originado la apertura del presente proceso.- A los fines de dar cumplimiento al contenido del artículo 516 ejusdem, se fija las 10:00 am., del citado día, para intentar la conciliación entre las partes, para lo cual , al constar en autos las resultas de la citación del demandado, se librará telegrama al (la) actor (a), indicándose día y hora para la conciliación, asimismo se advierte a éstas, que en la oportunidad fijada para la comparecencia hayan o no comparecido, se entenderá abierto a pruebas el procedimiento por un lapso de ocho (8) días de despacho para promover y evacuar las que estimen pertinentes, ello conforme al artículo 5l7 ejusdem. Asimismo se acuerda como medida provisional, oficiar al Comandante de las Fuerzas Armadas, a fin de que remita constancia de sueldo del obligado, e igualmente, se ordena oficiar al Jefe de Personal de la Fuerza armada Nacional Caracas, con la finalidad de retener la tercera parte (1/3) de las prestaciones sociales. Líbrense Oficios. A los efectos de practicar la citación se comisiona al Tribunal Distribuidor de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana - Caracas. Notifíquese de esta admisión al Fiscal del Ministerio Público. Certifíquese copia de la demanda. Líbrese Boleta(s) de Notificación.-
El Juez N° 1


Abg. JHOAN CARDENAS MEDINA
EL Secretario


En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

El Secretario

Exp.: N° TP1-2014-05
JCM.-JRY.-/rosirys.-