En horas de Despacho del día de hoy veinte y seis de Abril de dos mil cinco, siendo las doce y treinta minutos post-meridiem, se trasladó y constituyó el Tribunal en compañía del Abogado en ejercicio Sandy Rojas Farias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.614, apoderado judicial de la parte actora ciudadano Francisco Sánchez, en la carretera Cariaco-Carúpano, a doscientos metros de Chamariapa Afuera, en la segunda entrada en el negocio denominado”Desplumadora La Lagunita”, Municipio Ribero, Estado Sucre, y los funcionarios policiales ciudadanos: Sargento Primero Luis Sánchez, Sargento mayor Serco García y Cabo primero Luis Beltrán Carrillo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: 4.946.435, 8.435.677 y 9.450.788, respectivamente, adscritos a la Comandancia de la Policía del Municipio Ribero del Estado Sucre; a los fines de practicar Medida de Embargo Ejecutivo decretado por el Juzgado del Municipio Ribero Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Seguidamente y constituido como se encuentra el Tribunal en la dirección antes mencionada notifico de la misión a una ciudadana quien estaba muy alterada y no quiso identificarse y manifestó ser la esposa del demandado. Seguidamente y constituido como se encuentra el Tribunal en la dirección arriba mencionada, se designa perito avaluador a la ciudadana Elisa María Velásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 13.295.866, quien estando presente acepto el cargo y prestó el juramento de Ley; seguidamente hizo las siguientes observaciones: una camioneta marca Cheyenne, color blanco, placa 48KBAF, serial Carrocería 8ZCEC14R 5XV31, cuatro cauchos, marca Pirelli, cuatro Rines de magnesio en buen estado, butaca color gris en buen estado, con sus faros delanteros, careta, parachoques, micas retrovisores derecho e izquierdo, en buen estad, parabrisa delantero estrellado, tablero en buen estado, alfombras en regular estado, le faltan los dos pasa manos, valorado en ocho millones de Bolívares (Bs. 8.000.000,00), nos tuvimos que retirar del lugar en virtud de que las personas se pusieron muy agresivas para terminal el acta en el Tribunal, así mismo queda Embargado Ejecutivamente la camioneta arriba descrita llegamos a la sede del Tribunal una vez en el lugar se presentaron familiares de la parte demandada con improperios, insultos y se introdujeron en la sede del Tribunal, solicitando ayuda policial a Casanay, igualmente introdujeron tres niñas en la grua donde fue remolcado el vehículo arriba Embargado, solicitando al Consejo de Protección este Tribunal unos funcionarios de ese Consejo a los fines de la protección de los mismos, siendo la una y cuarenta minutos post-meridiem, esperando la llegada de los mismos, dichas personas no quieren abandonar la sede del Tribunal, en este estado hace acto de presencia la ciudadana Yerci B. Valdivieso, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-14.017.278, en su carácter de consejo Municipal de Derecho, a los fines de resguardar y proteger a los niños, en este estado hizo acto de presencia una comisión de la Policía de Casanay, ciudadanos: Sargento Segundo Senovia Ramírez, Cabo Segundo Alfredo Lugo, Cabo Segundo Luis Nuñez y Cabo Prmero Javier Rodríguez adscritos a la Comandancia de la Policiía del Municipio Andrés Eloy Blanco, y la ciudadana Evelia del C. López de C., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.958.698, consejera del Consejo de protección del niño, niña y del Adolescente, se trasladó la grua con el vehículo remolcado, los familiares se montaron en la camioneta con las niñas haciéndose responsable de lo que pueda pasarle a las niñas, manifestando a gritos que todo el personal y la Juez la van a mandar a matar, se designó depositario judicial al ciudadano Jander Teodardo Ponce Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 6.951.915, quien presente aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, menos el notificado quien se negó a firmar: La Juez, (fdo) ilegible Dra. Reina Marlene Quintero Pimentel, El notificado, (fdo) ilegible, El apoderado judicial, (fdo) ilegible Sandy Rojas Farias, Los funcionarios, (fdos) ilegibles Luis Sánchez, Surco García, Luis Beltrán Carrillo, Segovia Ramírez, Alfredo Lugo, Luis Núñez y Javier Rodríguez, El Consejera Municipal de Derecho, (fdo) ilegible Yerci B. Valdivieso, El perito avaluador, (fdo) ilegible Elisa María Velásquez, El depositario judicial, (fdo) ilegible Jander Teodardo Ponce y la secretaria, (fdo) ilegible Lelis Arriojas.-
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