REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA
El día, de hoy, lunes veinticinco (25) de abril de dos mil cinco (2005), siendo las 10:25 a.m., previa la habilitación del tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en un inmueble, conformado por una casa de habitación distinguida con el N° 73, ubicada en la calle Urica, parroquia Santa Inés, municipio Sucre del estado Sucre, en compañía de la abogada CAROLINA SANCHEZ MORENO, inscrita en el IPSA bajo el N° 32.772, apoderada judicial del ciudadano DOMINGO NUÑEZ, titular de la cédula de identidad N° V-504.508, parte actora en el juicio que por Desalojo sigue en contra de la ciudadana LULU YAJAIRA PATIÑO, titular de la cédula de identidad N° V- 5.080.417, ante el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, el que decretó medida de entrega del inmueble objeto de Desalojo y medida ejecutiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de la demandada, a fin de dar cumplimiento con dichas medidas. Seguidamente el Tribunal procedió a tocar las puertas del inmueble en referencia y no fue atendido por persona alguna, razón por la que se designa cerrajero al ciudadano RICHARD RAFAEL BADARACCO BRITO, titular de la cédula de identidad N° V-9.977.866, mayor de edad y de este domicilio, para que proceda a abrir las puertas que dan acceso al inmueble, el cual ciudadano encontrándose presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley. Acto seguido, el cerrajero designado y juramentado procedió a abrir las puertas del inmueble, dando libre acceso al tribunal, el que observa que no hay persona alguna y se encuentra en franco estado de abandono, arrumados una serie de muebles en estado de deterioro. Seguidamente, toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora y expone: “solicito del tribunal proceda a practicar la medida de entrega del inmueble donde se encuentra constituido al ciudadano DOMINGO NUÑEZ, el cual se encuentra presente en este acto, y así mismo, proceda a embargar ejecutivamente los bienes muebles propiedad de la demandada que represente algún valor. Es todo”. En este estado hace acto de presencia el abogado JUAN CARLOS BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.472, quien manifestó ser el representante legal de la parte demandada, quien de seguidas expone: “solicito de la representante de la parte actora, me permita desocupar completamente el inmueble y mantener la propiedad de los bienes muebles para mi mandante ya que son enseres sin ningún valor comercial. Es todo”. Acto seguido, toma la palabra la representante de la parte actora y expone: “Acepto que se lleven los bienes muebles en este acto, entregándome el inmueble totalmente desocupado en este acto, y me reservo la oportunidad de llevar a efecto la medida de embargo en caso de ser necesario. Es todo”. En este estado el tribunal, oídas las exposiciones de las partes, y visto que el representante legal de la parte demandada procedió a sacar los bienes muebles propiedad de la misma, dejando desocupado el inmueble donde está constituido el tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se le hace formal entrega del inmueble signado con el N° 73, de la calle Urica, parroquia Santa Inés del municipio Sucre del Estado Sucre, a su propietario, ciudadano DOMINGO NUÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 504.518, el cual encontrándose presente lo recibe libre de personas, animales y cosas, quien procedió a cambiarle las cerraduras a las puertas que dan acceso al mismo. Queda así cumplida la misión conferida a este tribunal por el Juzgado comitente, y no habiendo más diligencias que practicar se ordena el regreso a su sede, siendo las 11:30 minutos de la mañana, previa la firma de la presente acta por todos los que intervinieron.
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