JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANA, VEINTINUEVE (29) DE ABRIL DE DOS MIL CINCO (2005).-

193° y 144°
Vista la diligencia que antecede de fecha veintiséis (26) de Abril de Dos Mil Cinco (2005) , formulada por el abogado en ejercicio ciudadano ANTONIO MOREY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.267.392, inscrito en el I.P.S.A N° 75.936, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora ciudadana CARMEN TOMASA BARRETO DE VALLEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-543.919 , mediante el cual DESISTE de la acción, en virtud de que la parte demandada en el presente juicio, desocupó de manera espontánea la vivienda objeto de esta causa, solicitando al Tribunal imparta la respectiva homologación, a los fines de que se le devuelva la documentación que corre inserta a los folios cinco (05) y seis (06) del presente expediente; y habiéndosele dado cuenta al Juez de su contenido, se acuerda de conformidad. En consecuencia por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación y acuerda el archivo del expediente. Así mismo ordena la entrega de los documentos originales insertos en autos en los folios cinco (05) y seis (06) del expediente, previa certificación de las copias fotostáticas, de conformidad y por analogía del artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 76 del Decreto con Fuerza de Ley de Registro Público y del Notariado.-
La Juez Prov.

NANCY BLANCO MATAMOROS
La Secretaria

MARIA RODRIGUEZ

NBM/Mr/ef.-
Exp. N° 04-4520.-