CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL DE EJECUCION
Carúpano, 21 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP11-D-2004-000010
ASUNTO : RP11-D-2004-000010
ACTA DE AUDIENCIA DE REVISION DE MEDIDA
En el día de hoy, siendo las 08:50 a.m. se constituye en la Sala de Audiencias N° 2 de este Circuito Judicial Penal el Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente, presidido por el Juez Dr. Sergio Sánchez y la Secretaria de Sala Abg. Lissette Caraballo, con el objeto de llevar a cabo Audiencia de Revisión de Medida en el presente asunto, de conformidad con lo previsto en el artíuclo 647 literal E de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, seguido al adolescente Omissis.- A tal efecto se verificó la presencia de las partes encontrándose presente la Fiscal VI Encargada del Ministerio Público Dra. Deyanira Hernández, el sancionado Omissis, asistido de la Defensora Pública Penal Dra. Mercedes Molina, asimismo se encuentra presente la Trabajadora Social Griselda Lunar, la Psicólogo Lic. Haydee Hernández.- A continuación se procede a oír al Equipo Técnico dándole la palabra a la Lic. Griselda Lunar y expone: “El joven renunció a su libertad asistida en agosto del año pasado, pero en octubre regresó otra vez y se presenta un mes si, un mes no, alega que es por cuestión de trabajo ya que trabaja como caletero en el Mercado, también alega que es un poco difícil presentarse porque él estuvo trabajando en Puerto Santo en la actividad Pesquera.- No conozco a su mamá, ningún representante de él se ha presentado, no conozco a ningún representante.- Su inquietud es trabajar, el estudio para él no es interesante, estos dos últimos meses sí ha cumplido con la cita, pero anteriormente no.- El se ve un muchacho desprotegido familiarmente.- Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Lic. Haydee Hernández quien expone: este mes el adolescente en el primer trimestre de seguimiento él estuvo un poco ocioso en cuanto a no ubicarse en el trabajo ni en el estudio, manifestó algún problema en la comunidad en cuanto a sus relaciones, en el segundo trimestre se pudo observar una mejoría en cuanto a su reinserción social, él logro insertarse en un trabajo en el Mercado que aún lo mantiene, y cabe destacar que es una persona que junto con su madre son sostén de hogar, esto implica que el joven ya descartó cualquier tipo de problema de convivencia, para este mes continúa en su faena de trabajo, refiere sentirse bien, se siente útil, está compartiendo responsabilidad en el hogar junto con la madre, el manifiesta como proyecto de vida irse a largo plazo a otra localidad junto con su padre que vive en San Félix, a fin de cambiar su proyecto de vida.- El seguimiento que se le hace a él debe ser continuo, yo considero que él debe continuar como está hasta que él asuma que debe dentro de su proyecto de vida apartar un espacio para responder con su medida, él debe continuar con el seguimiento que hasta el momento se le ha hecho hasta tanto manifieste otros cambios.- Seguidamente se el cede la palabra a la Fiscal quien no hizo uso de la misma.- Es todo.- Seguidamente el Juez impone al sancionado de la naturaleza de la presente audiencia y expone el adolescente ser y llamarse Omissis y expone: “me tienen que comprender es que cuando yo no puedo venir para acá es porque yo vengo trasnochado del mercado porque vengo demasiado estropeado de mi trabajo del mercado, entonces me acuesto a reposar y me quedo dormido y ya cuando me despierto son ya las cinco de la tarde.- Yo trabajo todos los días y más que todo los miércoles y cuando yo vengo del mercado ya son las once o las doce.- Es todo.- Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa: En virtud de lo expuesto por el Equipo Técnico de que el sancionado requiere más seguimiento, pues yo considero y estoy de acuerdo que se debe continuar con sus evaluaciones psicológicas, con su seguimiento ya que eso va en beneficio del sancionado y que su mamá se involucre con este seguimiento que se le ha hecho a su hijo, considero que es importante que su madre se involucre en el problema que tiene su hijo.- Es todo.- Seguidamente se le cede nuevamente la palabra a la Fiscal quien expone: Ratifico la solicitud hecha en el petitorio de la acusación e invoco el artículo 620 literal c y d el cual señala las imposiciones de regla de conducta y la libertad asistida con las cuales debe continuar el adolescente Omissis, tomando en cuenta el testimonio de la Psicóloga.- Es todo.- Seguidamente expone el Juez de Ejecución: “Cumplidas como han sido las formalidades legales para la celebración de esta Audiencia, Oído lo manifestado por el Equipo Técnico conformado por la Psicóloga y Trabajadora Social adscritas a esta Sección de Adolescente, oído igualmente lo expuesto por el sancionado y lo expresado por la Defensora Pública Penal en cuanto a mantener la medida que actualmente cumple el sancionado y a la cual se ha adherido la representante del Ministerio Público, de lo debatido en esta sala considera este tribunal que el sancionado Omissis, no ha cumplido ni ha alcanzado el resultado de las evaluaciones psicológicas y sociales durante el período de los ocho meses y ocho días que actualmente han transcurrido por lo que en razón de ello y siendo que la finalidad de la ley es concientizar al joven y responsabilizarlo sobre los hechos cometidos y siendo que esto no se ha cumplido hasta la presente fecha, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y en uso de las atribuciones conferidas con los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente acuerda Ratificar las Medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta que actualmente cumple el sancionado.- Asimismo se le solicita a la Trabajadora Social Lic. Griselda Lunar se dirija hasta el domicilio del sancionado a los fines de que ubique a la madre y la incorpore al seguimiento de la medida.- Es todo.-
El Juez de Ejecución
Dr. Sergio Sanchez
La Fiscal VI del Ministerio Público
Dra. Deyanira Hernández
El Sancionado
Ely Saúl Subero Jiménez
La Defensora Pública Penal
Dra. Mercedes Molina
El Equipo Técnico
LIc. Griselda Lunar
Lic. Haydee Carolina Hernández
La Secretaria
Abg. Lissette Caraballo
Los Alguaciles
|