REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 28 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2003-000027
ASUNTO: RP11-P-2003-000027
Visto el escrito presentado por la defensora Abogada Sandra Kassis H, en su carácter de defensora del penado VIZCAINO VELASQUEZ JUSTINO RAMON, plenamente identificado en actas procesales, mediante el cual solicita de éste Tribunal la imposición de las accesorias en razón que dicho penado ha cumplido las condiciones impuestas.
Observa este Tribunal de la revisión minuciosa de las actas que en fecha 21 de febrero del año 2.005, este Tribunal Segundo de Ejecución concedió el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a JUSTINO R VIZACAINO, imponiéndole unas series de condiciones de estricto cumplimiento por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario de esta Ciudad, por el tiempo de la pena que le falta por cumplir, no obstante en fecha en fecha 25 de Febrero se recibió comunicación de la U.T.A.S.P, se le designó como delegado de prueba a la TTS. Délida J España para el control y supervisión del régimen repruebas, mal puede este Tribunal conceder la solicitud de la defensa en relación a la imposición de las accesorias dado que aún no ha cumplido la pena o en su efecto las condiciones que produce el cese de régimen, por lo que se le recomienda a la defensa Pública leer los autos del asunto antes de hacer los pedimentos, puesto que esto trae como consecuencia actuaciones y tiempo innecesarias en los asuntos que en el caso que nos ocupa pudiendo invertirse esta actividad en otros que realmente lo requiere. Notifíquese a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada
El Secretario.
Abg. Jesús García.