REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal segundo de Ejecución del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 26 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-000013
ASUNTO: RP11-P-2005-000013
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 24 de Febrero del año 2.005, por el Tribunal Cuarto de Control de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano LUIS ALEJANDRO BETANCOURT SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° 15.375.051, a cumplir la pena de SEIS (6) MESES DE PRISION, por la comisión del delito Robo en la Modalidad de Arrebatón previsto y Sancionado en el artículo 458 en su primer aparte del Código Penal. En consecuencia. Ejecútese y archívese la mencionada sentencia. Hágase el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
El penado LUIS ALEJANDRO BETANCOURT, fue detenido el día 22-12-2.004 hasta el día 23-02-2.005, y como quiera que aún le falta pena por cumplir es decir que aún no ha cumplido la totalidad de la pena se le insta de que puede hacer uso de alguna de las formulas alternativas de cumplimiento de penas siempre y cuando llene los requisitos de Ley. En consecuencia notifíquese a las partes y al penado para que comparezca ante éste Tribunal el día 18 de Mayo del año en curso a las 2:30 de la tarde a objeto de imponerlo del auto de Ejecución de Sentencia, igualmente se acuerda notificar a las partes y oficiar a la Unidad Técnica de apoyo a los fines de la practica de los examens Psico Social a quien se le remite copia de la sentencia y del auto de ejecución. Líbrese oficio.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada
El Secretario
Abg. Jesús García.