CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 22 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2003-000065
ASUNTO: RP11-P-2003-000065


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA


Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Tercero Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de la Causa Signada con el N°-RP11-P-2003-000065. EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penado: Freddy José Gaspar, fue condenado a cumplir la pena de Tres (3) Meses Veintidós (22) Días y Ocho (8) horas de Prisión, mas, las accesorias Legales establecidas en el artículos 16 del Código Penal, por la comisión del delito Lesiones Personales Menos Graves previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, y como quiera que no Consta en Auto que el referido penado estuvo detenido y que la pena Impuesta, no excede, de Tres (3), Años, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Acuerda Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario-Carúpano, a los Fines que le sea Practicado, Informe, Psico-Social, al Penado, : Freddy José Gaspar, quien Opta, al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de Conformidad con el Articulo, 494,del Código Orgánico Procesal Penal; Igualmente se Acuerda Oficiar a la División de Antecedente Penales-Caracas, a Objeto de que Remita a la Mayor Brevedad Posible a este Tribunal, la Certificación de Antecedente Penales, correspondiente al Penado, en Cuestión. Notifíquese a las Partes, y .-Háganse las participaciones de Ley.-
El Juez Primero de Ejecución

ABG. JESUS ARMANDO RIVERA

La Secretaria

Abg.WENDY VALERIO.