REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

Carúpano, 8 de Abril de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001629
ASUNTO: RP11-P-2005-001629


SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE ACUERDO DE ACUERDO REPARATORIO Y SOBRESEIMIENTO


Verificada Audiencia de Acuerdo Reparatorio, este Tribunal pasa a dictar sentencia: “Oído lo manifestado por el Fiscal, lo expuesto por los imputados, la víctima y el defensor privado, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL , en virtud de haberse dado cumplimiento al Acuerdo Reparatorio planteado por los imputados PRIMERO: ANA VICTORIA MÁRQUEZ, venezolana, de 45 años de edad, nacida en Palmarito Estado Portuguesa, en fecha 05-07-1959, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.254.957, de profesión comerciante, hijo de Rita Elisa Márquez y José Ramón Molina, domiciliado en Calle Principal Colinas de Nevera, Casa N° 14. SEGUNDO: Carlos Ramón Pacheco, venezolano, soltero, de 28 años de edad, nacido en Caracas, Distrito Capital, en fecha 24.01.1977, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.453.367, de profesión mecánico, hijo de María Infantes y Carlos Pacheco, domiciliado en Calle Juncal, casa N° 02-B, Carúpano TERCERO : Marcelino Méndez Alonzo, venezolano, soltero, de 46 años de edad, nacido en Menemauroa, Estado Falcón, en fecha 18-06-1959, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.471.077, de profesión electricista industrial, hijo de Caledonio Méndez y Lucía Alonzo, domiciliado en Barcelona, Brisas de Nevera, Calle Principal N° 14. CUARTO: Marilin del Valle Cedeño Mota, venezolana, soltero, de 32 años de edad, nacido en La Guaira, Estado Vargas, en fecha 17-08-1972, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.666.833, de profesión comerciante, hijo de Eudoris Mota y José Cedeño, domiciliado en Carúpano, Calle Juncal, casa N° 12-23. QUINTO :Fanny Josefina Velásquez, venezolana, soltero, de 29 años de edad, nacido en Coro, Estado Falcón, en fecha 24-05-1975, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.805.575, de profesión ama de casa, hijo de José Velásquez y Josefina Martínez, domiciliado en Playa Grande, Las Casitas, en donde esta la cancha, casa N° 24. SEXTO: José Gregorio Piñero Hidalgo, venezolano, soltero, de 32 años de edad, nacido en Valencia Estado Carabobo, en fecha 06-01-1973, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.031.782, de profesión comerciante, hijo de Juan Ramón Piñero y Elizabeth Hidalgo, domiciliado en Barcelona, Avenida Principal Intercomunal, casa 112-14. SEPTIMO: Luis Saúl Ibarra Márquez, venezolano, soltero, de 29 años de edad, nacido en San Isidro de Concha, Barinas, en fecha 14-08-1975, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.042.544, de profesión mecánico, hijo de Luis Saúl Ibarra y Ana Victoria Márquez, domiciliado en Barrio Sucre, casa N° 11, Avenida Intercomunal, Barcelona. OCTAVO: Carlos Alberto Gutiérrez Infante, venezolana, soltero, de 27 años de edad, nacido en Valencia Estado Carabobo, en fecha 22-08-1977, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.601.573, de profesión comerciante, hijo de Carlos Alberto Gutiérrez y María Francisca Infante, domiciliado en Carúpano, Barrio Sucre, Calle 77, casa N° 3, detrás de la cancha y haber recibido en este acto la Víctima HOUSAM HARD, la cantidad acordada de SEIS MILLONES DE BOLIVARES, (6.000.000,oo), por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 9nvo. Y AGAVILLAMIENTO, artículo 286 ambos del Código Orgánico procesal vigente, en perjuicio del ciudadano HOUSAM HARD. De conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 del Código Orgánico procesal Penal. En consecuencia se Decreta El Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41, 48 ordinal 6to., y 318 ordinal 3ero. del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la inmediata libertad de los imputados. Librese oficio a la Comandancia de Policía Junto con boleta de libertad. Remítase el presente asunto a la fase de ejecución en su debida oportunidad.
La Juez Tercera de Control

Dra.. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria

Dra. Mary Elena Farias