REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 25 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2002-000098
ASUNTO : RJ01-P-2002-000098
Revisada la causa, emanada del Director del Internado Judicial de Cumaná, donde a solicitud interpuesta del penado RUDY PEREZ GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.317.296, manifestó sus deseos de continuar estudiando y solicitó permiso para ser trasladado hasta la sede de la Universidad Nacional Abierta con el objeto de inscribirse. Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial de Cumaná; por no ser contraria a derecho, ser procedente dicha petición y en garantía de sus derechos ciudadanos, entre ellos el derecho al Estudio: acuerda autorizar el traslado con las seguridades del caso del penado RUDY PEREZ GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.317.296, hasta la sede de la Universidad Nacional Abierta de Cumaná, el día jueves 28 de abril del 2005 a las 9:00. AM. Todo con Fundamento a lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo .Ofíciese. Cúmplase.-
La Juez Segundo de Ejecución
Abg. Florvidia Perdomo Frontado
El Secretario
Abg. Jesús Milano Savoca