REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 21 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2002-000105
ASUNTO : RJ01-P-2002-000105
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia, dictada en fecha 28 de marzo de 2005, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, mediante la cual Decretó el Sobreseimiento de la Causa seguida a los Ciudadanos DOMINGO ALCALA YINT Y NEURYS JOSEFINA CASTILLEJO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 11.444.058 y 10.462.038 respectivamente y residenciados en la Urbanización Juan Quijano, casa s/N, Cariaco, Municipio Rivero del Estado Sucre y Barrio La Mole Piedra, casa s/n, Araya, Municipio Cruz Salieron Acosta respectivamente, de los cargos fiscales por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO (el primero), previsto y sancionados en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y articulo 278 del Código Penal y de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS (la segunda), previsto y sancionados en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas por considerar que concurre al presente proceso causal para ello a tenor de lo previsto en el articulo 318 en su causal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA, en consecuencia Ejecútese y Archivase la mencionada Sentencia de los ciudadanos DOMINGO ALCALA YINT Y NEURYS JOSEFINA CASTILLEJO RODRIGUEZ, identificados anteriormente a los fines de su Guarda y Custodia y posterior envío al Archivo Judicial. Notifíquese a las Partes.
La Juez Segunda de Ejecución
Abg. Florvidia Perdomo Frontado
El Secretario
Abg. Jesús Milano Savoca