REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO : RP01-P-2005-002252
Vista la solicitud presentada por el Ciudadano FELIX MANUEL RODRIGUEZ PERDOMO, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.702.952, quien es Victima en una causa que sigue la Fiscalia Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Signada con el N° 19-F3-256-05, por uno de los delitos contra la propiedad, a quien se le acuerda Protección a la victima por solicitud presentada por ante este Despacho por la Fiscal Superior del Ministerio Público (encargada) Dra. IVONNE PISTONI SERVELLON, señalando que la victima ha sido objeto de amenazas por parte del Imputado JESUS EDUARDO MEDINA VASQUEZ, alias “AMADO” a raiz de la detención de este Ciudadano por partes de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas, su casa ha sido objeto de daños por personas desconocidas y considerando este Tribunal que existe un inminente peligro para la victima, es por lo que se acuerda la Custodia Policial Permanente en la casa de la victima, ubicada en La Llanada, Sector 03, Vereda 70 casa N° 03 de esta Ciudad de Cumaná, teniendo la misma una duración de treinta días y el cual podrá prorrogado en caso necesidad y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido se oficio al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA REGIONAL DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios al Comando Policial N° 11 con sede en la Urbanización Brasil de esta Ciudad de Cumaná, que deban cumplir con el mandato de protección a la victima.. Ofíciese al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA REGIONAL DEL ESTADO SUCRE, y al Fiscal Superior del Ministerio Público remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Público Cúmplase.
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS
LA SECRETARIA
ROSA MARIA MARCANO