REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 7 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-002236
ASUNTO : RP01-P-2005-002236
Vista las presentes actuaciones emanada de la Fiscalía Octava de los Derechos Fundamentales del Ministerio Público, contentivo de escrito en donde el ciudadano: VICENTE ARGENIS RUIZ ORTIZ designa como abogado de su confianza al Dr. Alberto José González Marín para que lo represente en la causa No-19-F8-0044-02; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado las presentes actuaciones, considera que en vista que el referido ciudadano figura como imputado en la presente causa seguida por la Fiscalía Octava de los Derechos Fundamentales del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, signada con el No-19-F8-0044-02, teniendo derecho a nombrar un abogado de su confianza de conformidad con lo establecido en el Artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto; este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda Notificar al abogado: ALBERTO JOSE GONZALEZ MARIN Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-8.639.404, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No-44.239 y con domicilio procesal en la Calle Petión, Centro Comercial Santiago Tobía, Planta Alta, local 04, Cumaná, Estado Sucre, Tlf 0414-7778427 a los fines de que comparezca por ante este Tribunal acepte el cargo recaído en su persona o se excuse y preste su juramento de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al abogado designado, Abg Alberto José González Marín y una vez juramentado remítase las presentes actuaciones al Fiscal Octavo de los Derechos Fundamentales del Ministerio Público.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Sonia Alfaro.