REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 25 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2003-001090
ASUNTO : RP01-S-2003-001090
Recibido como ha sido el presente escrito emanado de la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contentivo de decisión por Archivo fiscal, en donde la señalada fiscalía Decreta el Archivo de las actuaciones signada con el No-RP01-S-2003-001090 tenor de lo pautado en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta tanto surjan nuevos elementos de convicción que contribuyan a darle al presente caso un tratamiento decisorio al actualmente dictado; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado la presente decisión y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, considera que la referida decisión es un acto conclusivo propia y discrecional del Ministerio Público, por lo que este Juzgador ha tomado debida nota de la misma para los efectos de la debida notificación de las partes, por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda librar Boleta de Notificación al imputado: JOSE LUIS MARQUEZ RODRIGUEZ Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No-15.936.514, residenciado en el Barrio Inam, Sector Simón Bolívar, Calle Principal, casa No-13, Cumaná, Estado Sucre, participándole que la vindicta pública presentó su acto conclusivo en la presente causa que se sigue por el delito de: Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, decretando el archivo de las presentes actuaciones de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boletas de Notificación a la Fiscal Primera del Ministerio Público, a la Defensora Pública Penal, Dra Susana Boada y al imputado antes señalado. Y remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Sonia Alfaro.