LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, TRABAJO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 24 de septiembre del 2.004
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana: KARINA JOSE CEDEÑO GOMEZ, plenamente identificada en autos y debidamente asistida por el Abogado en ejercicio: ALEX GONZALEZ G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.338, parte actora y el Abogado: VICTOR DÍAZ ORTIZ, inscrito en el InpreAbogado bajo el Nro. 23.150 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandada en el presente juicio, en la cual desiste del procedimiento y de la acción, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, del Trabajo y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente Juicio y se ordena el Archivo del expediente.- Así se decide.-
El Juez Temp.,
La Secretaria,
Abg. Samer Romhain.
T.S.U. Francis Vargas C.
Exp. Nro. 14.276.-
SR/Fvc/ajno.-
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