JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 14 de Septiembre del 2.004.
194° y 145°

Visto el anterior escrito presentado por la abogado en ejercicio ROSA VIRGINIA LASARACINA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora y a los fines de proveer sobre lo solicitado, este Tribunal previamente observa.
Por cuanto se observa que a los folios Doce (12) y Trece (13) del Expediente corre inserto Poder Otorgado por el FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECCION BANCARIA (FOGADE) al abogado PEDRO LUIS PÉREZ, a los fines de que representara al Banco de los Trabajadores de Venezuela, C.A, (B.T.V), en el Juicio de Deslinde, muy distinto a este Proceso y por cuanto en los Artículos 14, 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, establecen:
“Que los Jueces procuraran la estabilidad de los
juicios, evitando y corrigiendo las faltas que puedan
anular cualquier acto procesal; el Juez es
director del proceso y debe impulsarlo de Oficio
hasta su conclusión a menos que la causa este en
suspenso por algún motivo legal y garantizarán el
derecho de defensa, y mantendrán a las partes en
los derechos y facultades comunes a ellas, sin preferencias
ni desigualdades y en privativos de cada una, las
mantendrán respectivamente”.
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por la Autoridad de la Ley, Deja SIN EFECTO el auto de fecha 17-08-2.004, en el cual se dejo constancia por Secretaria de la Contestación de la Demanda, por cuanto el Abogado PEDRO LUIS PÉREZ no tiene facultad para representar al Banco de los Trabajadores de Venezuela, tal como se evidencia del Poder consignado y REPONE la presente causa al estado de citar nuevamente a la parte demandada (BTV). ASI SE DECIDE. En consecuencia se ordena la citación de la Empresa BANCO DE LOS TRABAJADORES DE VENEZUELA C.A, a través de su liquidador FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECCION BANCARIA, en la persona de su Presidente ciudadano JESUS CALDERA INFANTE, titular de la cedula de identidad N° 7.880.228, a los fines de que comparezca por ante este Juzgado dentro de veinte (20) días hábiles siguientes a su citación, mas seis (6) días que se le concede como término de distancia, a dar contestación a la presente demanda, y a los fines de la practica de la citación se comisiona suficientemente al Juzgado del Área Metropolitana de caracas.. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Temporal.

Abg. Samer Romhain.
La Secretaria,

T.S.U. Francis Vargas.
En esta misma fecha no se libró la citación a la Empresa demandada, por falta de las compulsas respectivas.
La Secretaria,

Francis Vargas.
SR/Fv/dr.
Exp. N° 14.320.