REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Por recibido el oficio N° 2721 de fecha 10-09-2.004 emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, contentivo de la AUTOPSIA FORENSE N° 0295-04 del ciudadano DANTE DEL MONTE, quien en vida fue titular de la cédula de identidad N° 83.628.046, este Tribunal pasa a dictar sentencia en la incidencia planteada de conformidad con el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil de la siguiente manera:
En la AUTOPSIA FORENSE N° 0295-04 del ciudadano DANTE DEL MONTE, se evidencia que el mismo FALLECIÓ en fecha 14 de Agosto de 2.004 debido a un INFARTO AL MIOCARDIO POR CARDIOPATIA ISQUEMICA E HIPERTENSIVA, en consecuencia, este Tribunal, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO MIENTRAS SE CITE A LOS HEREDEROS DEL CIUDADANO DANTE DEL MONTE. Líbrese Edicto a los herederos del ciudadano DANTE DEL MONTE, identificado supra, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 de la Ley en referencia.
En cuanto al estado del presente procedimiento Interdictal, el Tribunal hace constar que DEL LAPSO PROBATORIO SOLO HAN TRANSCURRIDO SEIS (06) DÍAS DE DESPACHO, QUE FALTA POR TRANSCURRIR CUATRO (04) DIAS DE DESPACHO DEL LAPSO PROBATORIO, y que el procedimiento continuará su curso legal una vez que se haya practicado la citación de los herederos del ciudadano DANTE DEL MONTE. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la sede donde funciona el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito, del Trabajo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en Cumaná a los 30 días del mes de Septiembre de 2.004.
DRA. INGRID C. BARRETO LOZADA
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. ISMEIDA B. LUNA TINEO
LA SECRETARIA
ICBL/iblt.
Expediente N° 08545.-
Motivo: Interdicto de Despojo.-
Sentencia Interlocutoria.-
Materia Bienes.-