JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 28 de Septiembre de 2004
194° y 145°.-
Visto el desistimiento de fecha 27 de Septiembre 2004, formulado por el ciudadano GILBERTO ANTONIO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N.- 12.041.607, domiciliado en Barrio Sucre, Urbanización el Rocal N.-2 Apto 03-C edificio Sur Barcelona Estado Anzoategui en su condición de demandante en el Juicio de Divorcio que tiene intentado contra su esposa la Ciudadana ZUNILDA COROMOTO MARTINEZ, Titular de la Cedula De Identidad N.- 6.950.935, donde DESISTE de la acción y del presente procedimiento de la demanda de DIVORCIO intentado ante este despacho y visto el que la ciudadana ZUNILDA COROMOTO MARTINEZ acepta en el desistimiento. Por todo lo ante expuesto este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO suscrito y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del expediente.-
ABOG. AZUCENA MATA DE ZABALA
JUEZ DE PROTECCIÓN-SALA DE JUICIO
LA SECRETARIA
PETRA DEYANIRA MARQUEZ
EXZP. N° 3489
FMM/pm/am.-
|