En el día de hoy veinte y ocho de septiembre de 2004, siendo las doce y veinte minutos post-meridiem, se trasladó y constituyo el Tribunal en compañía de la ciudadana Petra Jiménez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.950.899, asistida por la Abogada en ejercicio ciudadana Eumedys Catalina Marcano, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.063, en la Calle Angel María Arcía sector la Cruz, los funcionarios policiales adscritos a la comandancia de policía del Municipio Ribero, Cariaco ciudadanos: Cabo segundo Lorenzo Mejía y Cabo primero Luis Alcalá, titulares de las cédulas de identidad números 4.952.700 y 8.983.458, a los fines de practicar la Medida de Entrega Material decretado por el comitente. Seguidamente y constituido como se encuentra el Tribunal en la dirección arriba mencionada notifica de su misión al ciudadano William Rafael Navarro Yint, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.958.906, se designa perito avaluador al ciudadano Jander Teodardo Ponce, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.951.915, quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. El notificado impuesto como quedo de la misión del Tribunal y previo comunicación sostenida por vía telefónica con el ciudadano Julio Nelson Bello Lander y quien dijo ser Abogado solicito al Tribunal le concediera una hora de espera para que hiciera acto de presencia su Abogado quien esta domiciliado en esta población, el Tribunal visto lo anterior concede al ejecutado el lapso de tiempo solicitado con la advertencia que en caso de no comparecer daría cumplimiento igualmente a la entrega del vehículo, a partir de este momento siendo la una de la tarde. Seguidamente hizo acto de presencia el Abogado en ejercicio Edwarl Orlando Amundain, titular de la cédula de identidad N° 14.421.808, e inscrito en el I.P.S. 93.026 y constituido en el lugar indicado en el mandamiento el Tribunal ordeno al perito designado verificara las

Características del vehículo objeto de la entrega quien de seguida expone: marca chevrolet, tipo pick-up, modelo C-10, serial carrocería CCL14FV209017, placa 084 RAO, uso carga es todo. El Tribunal vista la exposición del perito y como quiera que las características señaladas coinciden con el mandamiento de ejecución a excepción del serial de carrocería el cual según el mandamiento se lee CCL4FV209017, pero como quiera que en la copia certificada de la sentencia conjuntamente con el mandamiento se señala al folio siete del serial carrocería “CCL14FV209017” es por lo que este Tribunal evidencia que existe identidad entre el bien mueble vehículo que se encuentra dentro de las instalaciones del taller donde esta constituido razón por la cual en uso de las atribuciones conferidas al mandamiento de ejecución pone en posesión material del vehículo antes identificado a la ciudadana Petra Josefina Jiménez, titular de la cédula de identidad N° 10.950.899, quien en este acto en presencia de su Abogado lo recibe. Acto seguido el Tribunal considera cumplida la comisión con la entrega material que del bien hizo al ejecutante. Seguidamente toma la palabra el ciudadano William Navarro Yint parte demandada en la presente causa expone: quiero dejar constancia en esta medida que la propietaria del vehículo no cumplió con el contrato de pago restante de cincuenta mil bolívares (Bs.50.000) y los daños causados durante la estadía es todo. Seguidamente el Tribunal regresa a su sede natural siendo la una y cincuenta minutos. Se deja constancia que el ciudadano William Navarro Yint expuso asistido por el Abogado nombrado en el Acta. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Suplente, (fdo) ilegible Dra. Nelly Katiuska Roach Zurita, La Parte Actora y Abg. Asistente, (fdos) ilegibles Petra Jiménez y Eumedys Catalina Marcano, El Notificado y Abg. Asistente, (fdos) ilegibles William Rafael Navarro Yint y Edwarl Orlando Amundain, El Perito Avaluador, (fdo) ilegible Jander Teodardo Ponce, Los Funcionarios, (fdos) ilegibles, Cabo Segundo Lorenzo Mejía y Cabo Primero Luis Alcalá, La Secretaria, (fdo) ilegible Lelis Arriojas.-