REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO
Tribunal Penal Segundo de Control
Sección Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Edo. Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 29 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-004282
ASUNTO: RP11-S-2004-004282
SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
Vista la solicitud de Sobreseimiento Definitivo recibida por éste Tribunal en fecha 24/09/2004, presentado por ante este Tribunal de Control por la Abg. Lisbeth Perozo Fernández. en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público a favor de Omissis conforme a los artículos 48 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal y el Artículo 561 ordinal 3 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a quien se le inició investigación por la presunta comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópícas, proceso en el cual, según el criterio del fiscal se ha extinguido la acción penal en virtud de la muerte del imputado.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, ésta juzgadora encuentra procedente y ajustada a derecho y así se decide por cuanto: se evidencia de la Autopsia N° 084-04, y del certificado de defunción N° 384342, anexos al presente asunto el imputado murió a consecuencia de hemorragia interna más sub-aracnoidea severa producida por heridas de arma de fuego.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Ext. Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del ciudadano: Omissis, antes identificado, por haberse operado la extinción de la acción penal de conformidad con los artículos 48 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal y el Artículo 561 ordinal 3 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
La Juez Segunda de Control
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Rosa Yajaira Moya