REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 3 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2003-000102
ASUNTO: RP11-P-2003-000102



Visto el escrito presentado por la abogada Sandra Kasis, en su carácter de Defensora del penado HERNANDEZ RODRIGUEZ PEDRO, plenamente identificado en actas procesales, mediante el cual solicita nuevo computo de la pena de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Rgánico procesal penal. en consecuencia hagase el nuevo computo y como quiera que el penado PEDRO R Rodriguez, esta detenido desde el día 03-09-2.004, hasta el día 02-09-2.004, tiene detenido UN (1) AÑO Y UN (1) DÍAS, faltandole por cumplir ONCE (11) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS el cual vencerá el día 02-09-2.005, y con respecto a las pena por cumplir las 2/3 parte de la pena las cumple el día 01-11-2.004, y las 3/4 parte de la pena las cumple el día 02-01-2.005. en consecuencia notifiquése a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada

La Secretaria.
Abg. Wendy Valerio.