REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 24 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000052
ASUNTO: RP11-P-2004-000052


AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA

Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 25 de Junio del año 2.004, por el Tribunal Primero de Control, mediante la cual condenó al ciudadanos MARIA DEL VALLE LOPEZ LORAN, LUIS ROJAS ROJAS Y JOSE FUENTES ASTUDILLO, titulares de la Cédula de Identidad N ° 18.592.016, 12.530.774 y 11.966.006, respectivamente, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES, por la comisión del delito de Posesión Ilicita de Sustancias estupefacientes y Psicotropicas previsto y Sancionado en el artículo36 de la L.O.S.E.P. En consecuencia. Ejecútese y archívese la mencionada sentencia. Hágase el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Los MARIA DEL VALLE LOPEZ LORAN, LUIS ROJAS ROJAS, JOSE FUENTES ASTUDILLO, fueron detenidos el día 21-01-2.004 hasta el día 25-06-2.004, tienen detenido CINCO (5) MESES Y CUATRO (4) DÍAS , lo cual vence el día 21-09-2.006 , es decir le falta por cumplir Dos (2) Años Dos (2) Mese y Veintisesis (26) Días de la pena se le insta de que puede hacer uso del beneficio de Suspensión de Condicional de la Ejecución de la Pena, siempre y cuando llene los requisitos de Ley. En consecuencia notifíquese a las partes y al penado para que comparezca ante éste Tribunal el día 06 de Octubre del año en curso a las 2:00 de la tarde a objeto de imponerlo del auto de Ejecución de Sentencia, igualmente se acuerda notificar a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.

Abg. Yolanda Figueroa Lozada.

La Secretaria
Abg. Yennis Mata