REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 21 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000022
ASUNTO: RP11-P-2004-000022


AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA

Habiéndose recibido la presente causa emanada del Tribunal Tercero de Control de éste Circuito Judicial Penal por haberse dictado Sentencia condenatoria el día 20 de Agosto del año 2.004, se observa que ha quedado definitivamente firme la Sentencia, mediante la cual condenó al ciudadano CESAR FELIPE VILLALBA SMITH, titular de la cédula de identidad 12.909.752, a cumplir la pena de Tres (3) Meses de Prisión, por la comisión del delito HURTO SIMPLE previsto y Sancionado en el artículo 443 del Código Penal. En consecuencia. Ejecútese y archívese la mencionada sentencia. Hágase el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
El penado CESAR FELIPE VILLALBA SMITH, fue detenido el día 12 de Mayo del año 2.003 hasta el día 14 de Mayo del año 2.003, es decir que estuvo detenido Dos (2) Días y le falta por cumplir Dos Meses y Veintiocho (28) Prisión . Y como quiera que el referido penado no ha cumplido la totalidad de la pena se le insta de que puede hacer uso del beneficio de Suspensión de Condicional de la Ejecución de la Pena, siempre y cuando llene los requisitos de Ley. En consecuencia notifíquese a las partes y al penado para que comparezca ante éste Tribunal el día 07-10-2.004 a las 2:00 de la tarde a objeto de imponerlo del auto de Ejecución de Sentencia, igualmente se acuerda notificar a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.

Abg. Yolanda Figueroa Lozada.

La Secretaria.
Abg. Wendy Valerio