CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 3 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-002829
ASUNTO: RP11-S-2004-002829
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por la Abg. LOVELIA MARCANO, en su carácter de Fiscal Primera del Ministerio Público, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el RP11-S-2004-002829, seguida en contra de ALBERTO LUGO MUÑOZ, por la comisión del delito de CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio de ANGEL LUIS ZORRILLA, hecho ocurrido en fecha 24-11-99, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3°°, del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, seguida en contra de ALBERTO LUGO MUÑOZ, por la comisión del delito de CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio de ANGEL LUIS ZORRILLA, en virtud de que la acción penal se ha extinguido, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3°, en concordancia con el artículo 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase al Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. YSMENIA FERNANDEZ HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA
ABG.ADRIANA LARRABURE
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