REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1996-000001
ASUNTO : RL01-P-1996-000001


Vista la solicitud realizada por el penado José Román Cova Alfonso, donde solicita permiso para trasladarse a la ciudad de Carúpano donde piensa radicarse una vez obtenida la libertad condicional, por lo tanto necesita buscar alojamiento y empleo. Ahora bien, observa este tribunal que por cuanto dicha solicitud no es contraria a derecho y visto que el penado solicitante ya cumplió la mitad de la pena y además establece el artículo de 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, que se podrá otorgar permiso para: …c. Gestiones para la obtención de trabajo y alojamiento ante la proximidad del egreso… Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, acuerda otorgar permiso por cuarenta y ocho (48) horas a partir del viernes 1 de octubre del 2004 hasta el lunes cuatro de octubre del 2004, al penado José Román Cova Alfonso, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.653.225, quien se encuentra gozando del beneficio de Destacamento de Trabajo, para que se traslade hasta la ciudad de Carúpano, Estado Sucre a realizar diligencias relacionadas con alojamiento y empleo. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 479 del Código Orgánico Procesal Penal, 51 y 62 de la Ley de Régimen Penitenciario. Es todo. Notifíquese a las partes y ofíciese a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná. Cúmplase.

El Juez

La Secretaria

Douglas José Rumbos Ruiz


Francys Rivero