REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Vista y analizada la solicitud realizada en audiencia, de fecha 27 de Septiembre del 2.004, efectuada por el penado JESÚS ANTONIO FEBRES, titular de la cédula de identidad N° V- 8.364.779, a quien este Tribunal le otorgó la medida de Destino a Establecimiento Abierto, por auto de fecha 23 de Septiembre del presente año; donde alega no estar de acuerdo con su traslado a Maturín por cuanto se le hace mas facil conseguir trabajo en Ciudad Bolívar y además por tener su familia en esa ciudad, por lo que desearía estar en Ciudad Bolívar; Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, CUMANÁ; DECLARA PROCEDENTE la solicitud formulada por el penado, y en consecuencia se ordena que la supervisión del cumplimiento de la formula alternativa de cumplimiento de pena otorgada por este Tribunal al mencionado penado, se haga en el Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Augusto Dogmad”, ubicado en la Avenida Libertador, Sector El Psiquiátrico, Quinta Yurubi, Nro. 1, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, con las condiciones impuestas por este Juzgador, todo de conformidad con el artículo 479 ordinal 1 del Código Organico Procesal Penal, los artículos 65 y 81 de la Ley de Regimen Penitenciario y el artículo 7 del Reglamento Interno de los Centro de Tratamiento Comunitario.- Y ASÍ SE DECIDE. Notifíquese mediante oficio al Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, a los fines del traslado del penado FEBRES JESÚS ANTONIO, al referido Centro de Tratamiento Comunitario, junto con copia certificada de la presente decisión y la boleta de prelibertad; se fija audiencia para el día 30-09-04 a las 11:00 A.M., a fin de imponerlo de la presente decisión; ofíciese lo conducente al Juzgado de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal de Ciudad Bolívar, y al Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Francisco Canestri”, ubicado en Caracas, Distrito Capital, remitiéndole anexo copia certificada de la decisión de otorgamiento del beneficio, de este auto, del auto donde se realizó el último cómputo de la pena y de la sentencia condenatoria. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público de Ejecución de Sentencias y a la Defensa. CÚMPLASE.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
Dr. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
LA SECRETARIA
ABG. CARMEN RIVAS