REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-006132
ASUNTO : RP01-S-2004-006132
Este Tribunal Quinto de Control, constituido por la Juez Abogada MARLENY DEL CARMEN MORA SALAS, para conocer de la causa signada con el Nº RP01-S-2004-0006132 en virtud de Solicitud de LIBERTAD planteada por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, Abogada. JENNY RAMIREZ de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, para el Ciudadano: WILLIAMS JOSÉ RAMIREZ LOZADS, titular de la cédula de identidad Nº V._ 16.062.544, cuya defensa es ejercida por el Defensor Público Penal Abogado. LIL VARGAS, siendo la oportunidad procesal para que tenga lugar la Audiencia Oral se procede a decidir previa las consideraciones siguientes:
I
DE LA SOLICITUD FISCAL
Los hechos ocurrieron el 4-09-04, tuvieron información de que hubo una riña y es cuando se entrevistan con Teolinda Fermín quien es tía del imputado y manifiesta que su sobrino hirió al ciudadano Félix Fuentes y el mismo fue recluido en la ciudad de Carúpano, ahora bien, solcito la libertad es porque hasta los actuales momentos no tengo ningún soporte y solo poseo un acta policial y no puedo solicitar medida cautelar en contra del imputado. Es todo..
II
DE LA DECLARACION DEL IMPUTADO
Seguidamente el Tribunal impuso al imputado del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitucional Nacional de Venezuela en concordancia con el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal que lo exime de declarar en causa propia, pero si desea declarar lo puede hacer sin juramento al imputado manifestaron querer declarar y expuso el ciudadano WILLIANS JOSE RAMIREZ LOZADA, titular de la cedula de identidad Nro. 16.062.544, de 21 años de edad, residenciado en caserío la Esmeralda municipio Ribero – Estado Sucre, barrio gilberto boada, s/n, de profesión obrero, nacido en Carúpano, bachiller: ese problema ya existía y el me mando a decir para mi casa que donde me viera me iba a golpear, nosotros hablamos y cuando me venia el sacó un machete y le fue a dar a mi papa, yo saque una botella y lo corté. Es todo. Como se llama su papa: Williams Ramirez, Quienes estaban allí presentes? Víctor Ramirez, Jesús Manuel, Jaime se pueden ubicar en la esmeralda, Porque es el problema con el ciudadano fuentes: es por ofensas verbales, Su tía donde vive: en la Esmeralda, El machete sabe donde esta: no se. Con que hirió ud. a Félix Fuentes; con un pico de botella, de donde sacó la botella: esa pelea fue al frente de una tasca y allí hay botellas, Como se llama la tasca: Mi pay. Es todo.
III
DE LOS ALEGATOS DE DEFENSA
Seguidamente se le otorgó la palabra a la Defensa Abg. Lil Vargas quien expuso: me adhiero a la solicitud fiscal. Es todo.
IV
D E C I S I O N
Visto lo expuesto por la Fiscalía del Ministerio Público quien solicita medida cautelar a favor de WILLIAM JOSE RAMIREZ LOZADA, y lo señalado por la defensa quien se adhiere a la solicitud fiscal y oído al imputado, este Tribunal Quinto de Control en presencia de las partes administrando justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de Ley resuelve: consta en el expediente acta policial al folio 3, donde se señala que se recibió una llamada vía radio del puesto policial de la esmeralda de parte del agente Richard Bravo, donde se informó en dicho caserío se estaba suscitando una riña y que se encontraba un ciudadano herido por arma blanca al dirigirse al lugar una ciudadana de nombre Teolinda Fermín informó que su sobrino WILLIAM RAMIREZ, había agredido con un pico de botella al ciudadano FELIX MANUEL FUENTES, quien presentó según diagnostico medico traumatismo toráxico abdominal y herida punzo penetrante en el intercostal izquierdo y quien se encuentra recluido en el hospital general de Carúpano, procediendo dicha comisión a la detención de WILLIAM RAMIREZ LOZADA, asimismo cursa en el expediente memorando del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas donde se señala que WILLIAM RAMIREZ, no registra entrada policiales, cursa al folio 10 memorando del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas donde se solicita información al hospital general de Carúpano a fin de verificar el ingreso de Félix Fuentes, quien presenta herida por armas blancas y de ser positivo su ingreso se ordene a la medicatura forense, no cursa en el expediente ningún otro elemento que señala a WILLIAM RAMIREZ en la comisión del delito, en lo cual la Fiscal del Ministerio Público solicita la libertad de este ciudadano, la cual acoge este tribunal y decreta la Libertad para WILLIAM LOZADA, titular de la cedula de identidad 16.062.544 y se impone del deber de acudir a los órganos jurisdiccionales llámese fiscalía o tribunales ya que la investigación continuara. Librese boleta de libertad. Ofíciese al comandante del IAPES, de la decisión anexando boleta de libertad. Remítase las actuaciones a la fiscalia segunda en el lapso legal. Los presentes quedan notificados de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
Dra. MARLENY DEL CARMEN MORA SALAS
EL SECRETARIO
Abg. ANTONIO BERMUDEZ