REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Cumaná, 1 de Septiembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-005967
ASUNTO : RP01-S-2004-005967
Visto el escrito presentado por la Abg. Mariuska Gabaldon de Benavides, en su carácter de Fiscal V del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita MANDATO DE CONDUCCION, en contra de la ciudadana: Josefina del Valle Requena, titular de la cedula de identidad N°.- 9.286.420, y de su hijo Juan José Requena, quienes pueden ser UBICADOS, en la Urbanización Brasil, sector 02, calle 11, vereda 21, casa N°.- 07, de esta ciudad, con respeto de sus derechos constitucionales, para que el día Lunes 06 de Septiembre del presente año, a las 9:00 A.M. sean conducidos por la Fuerza Pública a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, ubicada en la Avenida Universidad, Edificio JOBA”S SUITES, piso 2, local 204, frente a la U.D.O, Cumaná. Con la finalidad de que los mencionados ciudadanos rindan declaración en relación a la causa penal N°-19F5-0084-00. Este Tribunal con fundamento en lo dispuesto en el articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda lo solicitado en consecuencia, líbrese Mandato de Conducción, a fin de ser cumplido por el Comandante General de la Policía del Estado Sucre; y así se decide. Notifíquese a la Fiscal V del Ministerio Público, y al Comandante General de la Policía del Estado Sucre de la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. OSCAR E, HENRIQUEZ F