JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 22 DE OCTUBRE DEL 2.004.- 194° Y 145°

Vista la diligencia suscrita por el abogado en ejercicio Sandy Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4864, en su carácter acreditado en autos, y visto el contenido de la misma, se acuerda de conformidad, y por cuanto los Artículos 14, 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, establecen:
“Que los Jueces procurarán la estabilidad de los Juicios, evitando y corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, y por cuanto el Juez es el Director del proceso y debe impulsarlo de Oficio hasta su conclusión a menos que la causa esté en suspenso por algún motivo legal y garantizarán el derecho a la defensa, y mantendrán a las partes en los derechos y facultades comunes a ellas, sin preferencias ni desigualdades y en privativos de cada una, las mantendrán respectivamente”.-
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Deja sin efecto el auto de fecha 19-08-04, solo en lo que respecta a la Medida Ejecutiva de Embargo decretada sobre bienes propiedad de la demandada. Asimismo se ordena comisionar al Juzgado Ejecutor de Medidas de este Circuito Judicial del Estado Sucre, a los fines de que practique la medida Ejecutiva de Embargo solicitada. E igualmente se señala a la parte actora de que al folio Veintinueve (29) del presente expediente, cursa auto del Juzgado Ejecutor de Medidas competente, donde señala que la no practica de la Medida se ha debido a falta de Impulso de su parte. Y Así se decide.- Cúmplase lo ordenado.
El Juez Temporal,

Abg. Samer Romhain.
La Secretaria,

Francis Vargas.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria

Francis Vargas
EXP. 14.288.
SR/rbg.