REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SEDE CUMANA
SALA DE JUICIO
Cumaná, 19 de octubre del 2.004
194º y l45º
Vista la conciliación de fecha dieciocho (18) de mayo del dos mil cuatro (2004), en donde comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos: LORENZO JESUS GARCIA CARVAJAL y CELIS GERDER MERLYN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº V-11.378.986 y V-11.845.265, de este domicilio y en la cual exponen lo siguiente:
El ciudadano LORENZO JESUS GARCIA CARVAJAL, se compromete a todos los sábados tres 03) horas paulatinamente hasta que el niño se haya adaptado, hasta el término de tres (03) meses, hasta completar el día, quedando de común acuerdo, que si por algún motivo no se llegare a cumplir el régimen de visita establecido el día sábado, se cumplirá para el día domingo.-
El convenimiento celebrado y firmado por ante este Tribunal antes mencionada y en total acuerdo la madre ciudadana CELIS GERDER MERLYN.-
A tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes establecieron tal forma de dar cumplimiento al Régimen de Visitas, no siendo ello contrario al interés Superior del niño (se omite de conformidad con lo establecido en el Articulo 48 de la Carta Magna y el articulo 65 de la LOPNA), es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, bajo la decisión del Juez N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 8 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, IMPARTE HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN celebrada y suscrita por los ciudadanos LORENZO JESUS GARCIA CARVAJAL y CELIS GERDER MERLYN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº V-11.378.986 y V-11.845.265.- Así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la sala de juicio del tribunal de Protección del niño y del adolescente de la circunscripción Judicial del estado Sucre. En Cumaná a los diecinueve (19) días del mes de octubre del año dos mil cuatro (2.004).- año 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
LA JUEZ (Temp.) N° 01
ABG. CARMEN YUDITH YNDRIAGO DIAZ
LA SECRETARIA (Temp.)
ABG. MARIA MARTINEZ
Homologación
Régimen de Visitas
Exp. N° 146-02
CYYD/rhm.-
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