Visto el escrito de contestación presentado por el abogado en ejercicio: LUIS GUILLERMO MEDINA MACUARAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43390, en su carácter de Apoderado Judicial de las ciudadanas: ISABEL CRISTINA y SAHOA IBRAHIM MESANE, representantes de la Empresa "Gassan Ganga C.A", parte demadada, y en el mismo reconviene al ciudadano: Danny Belmonte Guerra, parte demandante, el Tribunal para resolver, observa:
En la reconvención propuesta no se indicó el monto de la demanda, y la misma tiene como fundamento el documento de compra venta que corre inseto a los folios 7 al 11, lo que conlleva a concluir que el monto de la reconvención aqui planteada, es el precio convenido en el documento de compra venta, el cual es de: CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.45000000,00), el cual excede al monto de la cuantía correspondiente a este Tribunal.
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